Actualidad del Observatorio Español de la Economía Social

24/02/2021

El Gobierno aprueba la reactivación del Consejo para el Fomento de la Economía Social

El Consejo de Ministros del pasado 23 de febrero aprobó el Real Decreto 117/2021, que modifica el funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Con este paso, el Gobierno desea “agilizar y optimizar” la labor de este consejo y mostrar su “apuesta por la Economía Social como factor clave para la recuperación”.

La nueva organización y el funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social permitirá aumentar su representatividad y mejorar el cumplimiento de sus funciones como órgano asesor y consultivo del Gobierno, ya que se facilitará la toma de decisiones, que será más ágil. Asimismo, la composición del Consejo garantizará la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Para el Ministerio se trata de una regulación “necesaria y oportuna” en un momento en el que el desarrollo y apoyo a la Economía Social se ha convertido en una “política palanca” para el desarrollo de la Agenda 2030, y para una recuperación económica inclusiva.

Desde la Ley 27/1999 de Cooperativas

El Gobierno recuerda en su RD que el Consejo de Fomento de la Economía Social se crea a través de la disposición adicional segunda de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, como un órgano de colaboración y coordinación del movimiento asociativo de la economía social y la Administración General del Estado. En virtud de esta disposición se dictó el Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social.

Con posterioridad, la Ley 5/2011, de Economía Social, en su artículo 13 regula el Consejo para el Fomento de la Economía Social, indicando que su funcionamiento y composición serán objeto de desarrollo reglamentario.

Diez años después, el RD aprobado esta semana modifica ampliamente el RD de 2001, en la búsqueda de una mayor agilidad en la actuación de este órgano colegiado, y respondiendo al interés general de que sirva con idoneidad a sus funciones asesoras y consultivas del Gobierno en materia de economía social. Incorpora, asimismo, el enfoque de género a través de la composición equilibrada de mujeres y hombres en toda su estructura.

El nuevo RD configura el Consejo para el Fomento de la Economía Social como un “órgano colegiado, asesor y consultivo para las actividades relacionadas con la economía social, integrado, a través del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en la Administración General del Estado, sin participar de la estructura jerárquica de esta. Actuará como un órgano de colaboración, coordinación e interlocución de la economía social y la Administración General del Estado”.

Funciones y composición del Consejo para el Fomento de la Economía Social

Entre las funciones del Consejo se encuentran la colaboración en proyectos legislativos o reglamentarios; la elaboración de informes, entre ellos el catálogo de entidades de la economía social; informar las estrategias y los programas de fomento de la economía social, y velar por los principios orientadores y valores del sector.

Asimismo, el Consejo “realizará estudios e informes sobre cuestiones y problemas que afecten a la economía social”, en especial sobre el refuerzo del conocimiento, presencia institucional y su proyección internacional. Y emitirá un informe previo “en la adopción de las medidas de información estadística de las entidades de economía social”.

La Presidencia estará ostentada por la persona titular de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, en este momento Joaquín Pérez Rey. Junto a la Presidencia, el Consejo estará compuesto por veinte vocalías, con rango de director o directora general, en representación de la Administración General del Estado; veinte vocalías más de las administraciones autonómica y local; veinte vocalías en representación de las entidades de la economía social de ámbito estatal; tres vocalías en representación de organizaciones sindicales y cinco vocalías designadas por el Ministerio a expertos en economía social de reconocido prestigio.

El RD detalla también que el Consejo para el Fomento de la Economía Social funcionará en Pleno y en Comisión Permanente. El Pleno del Consejo se reunirá, al menos, dos veces al año en sesión ordinaria. El Consejo elaborará una memoria anual, que será elevada a la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Volver