Actualidad del Observatorio Español de la Economía Social

16/06/2016

Publicada la Ley de la Economía Social de Galicia

El Diario Oficial de Galicia, en su edición del pasado 18 de mayo, publicó la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de Economía Social de Galicia, aprobada en el Parlamento gallego sólo con el voto favorable del PPdeG. Los cuatro grupos de la oposición votaron en contra del texto. Se trata de la primera Ley de Economía Social de ámbito autonómico, tras la aprobación de la Ley estatal en marzo de 2011.

La Ley gallega tiene entre sus objetivos “poner en valor el sector económico, dotarlo de la relevancia que merece por sus aportaciones a la sociedad e impulsar su capacidad de generar un modelo de desarrollo económico y social equilibrado y sostenible”.

Por medio de esta ley se integra el sector, situándose en un plano de participación que abre canales de interlocución capaces de mejorar la eficacia de las políticas activas de empleo y la dinamización económica y social de Galicia. Asimismo, se establecen mecanismos de coordinación entre los distintos agentes públicos y las entidades de economía social.

La ley se estructura en cuatro capítulos con 18 artículos, cinco disposiciones adicionales, dos transitorias, una derogatoria y cinco últimas.

El capítulo primero recoge las disposiciones generales y en él se refleja el objeto de la norma, en el que destaca la voluntad de conseguir un mayor reconocimiento y visibilidad del conjunto de las entidades asociativas que conforman la economía social, así como la de fomentar su desarrollo. Se definen el concepto de economía social, el ámbito de aplicación y los valores y principios orientadores comunes, habida cuenta los aspectos singulares derivados de la realidad gallega.

El capítulo segundo identifica las entidades que forman parte de la economía social en Galicia y establece las bases de su organización y representación. Además de recoger a las entidades que menciona la Ley estatal, -cooperativas, sociedades laborales, mutualidades, empresas de inserción, centros especiales de empleo, fundaciones, asociaciones, cofradías de pescadores y sociedades agrarias de transformación- la Ley gallega incorpora las comunidades de montes vecinales al contado común, institución peculiar recogida en el derecho civil gallego.

El tercer capítulo define el marco gallego de participación del sector, respetando las competencias atribuidas al Consejo Gallego de Cooperativas. Crea el Consejo de la Economía Social de Galicia como órgano de carácter consultivo y asesor para las actividades relacionadas con la economía social, también en materia de promoción y difusión de la economía social.

El cuarto y último capítulo se centra en la promoción, en el fomento y en la difusión de la economía social, de sus principios y valores, e incorpora objetivos específicos para un despliegue de esta labor en todo el territorio gallego.

Debate parlamentario

En su intervención ante el pleno de la Cámara, la diputada popular Maite Cancelo destacó que esta norma “va en línea con los países más avanzados" al dar "un trato diferenciado" a la economía social, al tiempo que resaltó que contribuye a la visibilidad del sector a través de un marco propio.

Frente a ello, María Quintas (PSdeG) echó en falta fondos y nuevas medidas para la financiación de las empresas, pues sólo observa "meros principios programáticos”.

Por su parte, la diputada del BNG Carme Adán reparó en que la normativa "no modifica realmente el marco para un modelo económico alternativo". En paralelo, expresó su escepticismo sobre que el Consello de Economía Social "vaya a funcionar", entre críticas -compartidas por toda la oposición- a su falta de presupuesto.

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