Actualidad del Observatorio Español de la Economía Social

07/03/2013

El Gobierno aprueba el convenio especial para personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral

El Consejo de Ministros del pasado 1 de marzo aprobó, a propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, un Real Decreto que regulará la suscripción de una nueva modalidad de convenio especial para personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, a efectos de la cobertura de las prestaciones por jubilación y por muerte y supervivencia.

Según se indica desde el Ministerio de Empleo, este Real Decreto establece las condiciones de inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas con discapacidad, a través del instituto jurídico de convenio especial, delimitando su ámbito de aplicación del mismo y fijando sus características y especialidades en materia de procedimiento, efectos, acción protectora y cotización.

Con la aprobación previa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y de acuerdo con el Consejo de Estado, el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros ha sido sometido a consulta de las organizaciones más representativas de personas con discapacidad en su proceso de elaboración.

Un gran avance en la protección social de la discapacidad

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) califica la aprobación del convenio especial como “un gran avance en la protección social de la discapacidad”, ya que permitirá a las personas con especiales dificultades de inserción laboral que puedan cotizar por sí mismas al sistema y generar derecho a prestaciones, entre ellas la jubilación.

Según se explica desde el CERMI, esta posibilidad, “inexistente hasta ahora en nuestro sistema de seguridad social”, supone que personas con discapacidad que nunca han trabajado o con períodos de aportación insuficientes para generar prestaciones contributivas, se convertirán en cotizantes y generarán derechos para recibir dichas prestaciones.

Trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción

A efectos de este decreto se entienden como trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción las personas con discapacidad intelectual, las personas con enfermedad mental y las personas con parálisis cerebral con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, por una parte, así como las personas con discapacidad física y las personas con discapacidad sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, por otra.

Esta norma reglamentaria desarrolla un mandato de Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, aprobada en este punto con un gran consenso parlamentario.

El CERMI reconoce a las fuerzas políticas parlamentarias y al Gobierno, en concreto al ministerio de Empleo y Seguridad Social, el apoyo e impulso que han prestado para que esta demanda histórica del movimiento social de la discapacidad sea hoy ya una realidad.

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